jueves, 24 de septiembre de 2009

Producto Mexicano con su Denominación de Origen del Tequila

En 1974, el gobierno mexicano decretó una declaración para la Protección de la denominación del origen del Tequila (DOT), afirmando que por su origen geográfico, reputación y cualidades específicas esenciales, el Tequila ha sido considerado como un distintivo geográfico de México.
Esto significa que México reclamaría el uso exclusivo, en el mundo entero, de la palabra “Tequila”, y que sólo las bebidas alcóholicas hechas de la planta de Agave azul (variedad azul de Agave Tequilana Weber) que crece en el área oficial demarcada dentro de México, y bajo las reglas de la Norma Oficial del Tequila, pueden ser etiquetadas como “Tequila”.
Como miembro de la Organización Mundial de Comercio (WTO) la Convención de París para la Protección de la Propiedad Industrial y otros Tratados Internacionales (NAFTA, Acuerdo comercial Europeo, etc.) México ha asegurado la producción de Tequila, como un producto exclusivo de México. El “Tequila” pertenece a México y sólo a México.
El gobierno Mexicano es el dueño actual del nombre “Tequila”. Todo el que deseé infiltrarse en la producción del Tequila, debe obtener un permiso o licencia del gobierno mexicano, a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
El área oficialmente demarcada para la producción del Tequila, como se estipula en la Declaración de la Protección de la denominación del origen del Tequila (DOT), incluye todo el Estado de Jalisco y otras áreas específicas, dentro de cuatro estados: Nayarit, Tamaulipas, Michoacán y Guanajuato. De acuerdo con la ley, sólo en estas áreas se puede producir “Tequila”. Sólo éstas áreas poseen el clima adecuado y las características del suelo, para el desarrollo de la planta del Agave azul.
La Norma Oficial del Tequila
La Norma Oficial del Tequila o Norma Oficial Mexicana (NOM) es la ley que establece cómo se tiene que producir, envasar y etiquetar el Tequila. Esto es conocido como “NOM-006-SCFI-1994 Especificaciones-Tequila-Bebidas Alcóholicas”. Esta ley fue decretada el 13 de Agosto de 1997, para reemplazar la antes existente.
La NOM establece el estándar oficial de la identidad para el Tequila, Tequila 100% Agave y los cuatro diferentes tipos de Tequila: Blanco, Joven, Reposado y Añejo. Establece las especificaciones físicas y químicas del Tequila, así como las características del Agave que es utilizado en su producción. También incluye las reglas de su envasado y etiquetado.
Cada botella de Tequila, debe contener en su etiqueta un número de la NOM. La NOM, que representa a la Norma Oficial Mexicana, es el número asignado por el gobierno de México a cada uno de los productores, e identifica quién produce realmente esa botella de Tequila. Si no hay NOM en la etiqueta, debe de tenerse cuidado, pues probablemente no se trate de un Tequila auténtico.
El Consejo Regulador del Tequila (CRT)
El Consejo Regulador del Tequila (CRT) es la organización que ha sido acreditada por el gobierno mexicano, para inspeccionar y certificar que la producción, envasado y etiquetado del Tequila, se está llevando a cabo de acuerdo con la Norma Oficial del Tequila.
Fue fundada en 1994, bajo la iniciativa de la Cámara de los Productores del Tequila, como una organización privada, no lucrativa, para verificar y certificar el proceso de la producción del Tequila. Está integrada por productores de Tequila, cultivadores de Agave, envasadores, vendedores, y los representantes del gobierno mexicano.
Estructuralmente, la CRT está organizada en cinco ramas diferentes: verificación, certificación, asuntos agrícolas, control de calidad y administración. Para asegurar la integridad del Tequila y el cumplimiento de la Norma Oficial del Tequila, la CRT emplea un equipo de profesionales capacitados, que permanentemente llevan a cabo inspecciones en las fábricas, para verificar cada paso de la producción del Tequila.

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